SUELDOS Y JORNALES 5.11


Se agregó la posibilidad de establecer un importe no imponible para las contribuciones de SUSS de acuerdo al  artículo 4° del decreto 814 del 20 de junio de 2001 modificado por Ley 27.430, y también de acuerdo a los porcentajes establecidos en el inciso “c” del artículo 175 de la ley  27.430.

Posibilidad de establecer una base mínima sujeta a contribuciones SUSS de acuerdo a la Ley 24.241 artículo 9.

Modificación del cálculo realizado por la fórmula 50 cuando se establece el valor 2 – CONTRIBUCIONES SIPA E INSSJP o 3 – CONTRIBUCIONES FNE, AAFF y RENATEA para el elemento “Tope”. Esta fórmula ahora tiene en cuenta el importe no imponible y la base mínima sujeta a contribuciones.