SUELDOS Y JORNALES 5.13D


Ahora el límite admitido para el elemento “% Jornada trabajada” es 66,67%, el admitido por la ley de contrato de trabajo, artículo “92 ter”.
A partir de la versión “41 R2” de SICOSS y “Declaración en línea” , el cálculo del “Importe a detraer” de la base de cálculo de contribuciones, para empleados con jornada parcial, admite un máximo equivalente al 67% del importe a detraer bruto correspondiente al mes liquidado, en lugar del 66% de revisiones anteriores.